Acontecimientos fuera de nuestro control

No seremos responsables por ningún incumplimiento o retraso en el cumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas, cuando el mismo se deba a acontecimientos que están fuera de nuestro control razonable (“Causa de Fuerza Mayor”). Las Causas de Fuerza Mayor incluirán cualquier acto, acontecimiento, falta de ejercicio, omisión o accidente que esté fuera de nuestro control razonable y entre otros, los siguientes:

  • Huelgas, cierres patronales u otras medidas reivindicat ivas.

  • Conmoción civil, revuelta, invasión, ataque terrorista o amenaza terrorista, guerra (declarada o no) o amenaza o preparat ivos de guerra.

  • Incendio, explosión, tormenta, inundación, terremo to, hundimiento, epidemia o cualquier otro desastre natural.

  • Imposibilidad de uso de trenes, barcos, aviones, transportes de motor u otros medios de transporte, públicos o privados.

  • Imposibilidad de utilizar sistemas públicos o privados de telecomunicaciones.

  • Actos, decretos, legislación, normativa o restricciones de cualquier gobierno o autoridad pública.

  • Huelga, fallos o accidentes de transporte marítimo o fluvial, postal o cualquier otro tipo de transporte.

Se entenderá que las obligaciones quedarán suspendidas durante el período en que la Causa de Fuerza Mayor continúe, y dispondremos de una ampliación en el plazo para cumplir dichas obligaciones por un periodo de tiempo igual al que dure la Causa de Fuerza Mayor . Pondremos todos los medios razonables para que finalice la Causa de Fuerza May or o para encontrar una solución que nos permita cumplir nuestras obligaciones a pesar de la Causa de Fuerza Mayor.